• El Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, recoge la organización y funcionamiento de los Comisionados para la defensa del Cliente de Servicios Financieros, siendo requisito imprescindible para la admisión y tramitación de quejas y reclamaciones ante el "Comisionado", acreditar haberlos formulado previamente por escrito ante el "Servicio de Atención al Cliente" o, en su caso, ante el "Servicio de Defensa del Cliente" de Ipar Kutxa Rural, Coop. de Crédito, quienes tendrán la obligación de atender y resolver las quejas y reclamaciones en el plazo de dos meses desde su presentación.
- La dirección del "Servicio de Defensa del Cliente" es:
Unión Nacional de Cooperativas de Crédito
Virgen de los Peligros, 4 – 4ª Planta
28013 Madrid
- La dirección del "Servicio de Atención al Cliente" es:
Ipar Kutxa Rural
Paseo del Arenal nº 4
48005 Bilbao - Bizkaia
atencionalcliente@iparkutxa.com
- La dirección del Comisionado para la "Defensa del Cliente de Servicios Financieros" es en la actualidad:
Servicio de Reclamaciones del Banco de España
C/ Alcalá nº 50
28014 Madrid
• Existe a disposición de todos los clientes el Reglamento de funcionamiento, tanto del "Servicio de Defensa del Cliente" como del "Servicio de Atención al Cliente", en nuestras oficinas y en la página web de la entidad www.iparkutxa.com donde constan la asignación de funciones que compete a cada servicio, así como el objeto, procedimientos y plazos (Extracto).
• Normas reguladoras de la "Transparencia de las operaciones bancarias y protección de la clientela":
- Orden de 12 de diciembre de 1989 sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad de las Entidades de Crédito (publicada en el B.O.E. de 19 de diciembre de 1989).
- Circular del Banco de España nº. 8/1990, de 7 de septiembre y modificaciones introducidas por las Circulares del Banco de España nº 22/1992, nº. 13/1993, nº. 5/1994, nº 3/1996, nº 4/1998, nº 3/1999, nº 1/2000 y nº 3/2001 a las Entidades de Crédito sobre "Transparencia de las operaciones y protección de la clientela" (publicada en el B.O.E. de 20 de septiembre de 1990).
- Orden de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios (publicada en el B.O.E. de 11 de mayo de 1994).
- Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo (publicada en el B.O.E. de 25 de marzo de 1995).
- Orden de 25 de octubre de 1995, de desarrollo parcial del Real Decreto 629/1993, de 3 de mayo, sobre normas de actuación en los mercados de valores y registros obligatorios (publicada en el B.O.E. de 2 de noviembre de 1995) y Circular 1/1996 del 27 de marzo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (publicada en el B.O.E. de 9 de abril de 1996).
- Ley 9/1999 de 12 de Abril, (publicada en el B.O.E. de 13 de Abril de 1999), por la que se regula el régimen jurídico de las transferencias entre Estados Miembros de la Unión Europea, y su desarrollo mediante Orden de 16 de Noviembre de 2000 (publicada en el BOE de 25 de Noviembre del 2000) y mediante Circular del Banco de España nº 3/2001 de 24 de Septiembre (publicada en el B.O.E. de 9 de Octubre de 2001), que modifica la Circular nº 8/1990 sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela.
- Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Comisionados para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros (publicado en el BOE de 3 de marzo de 2004).
- Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo (publicada en el BOE de 24 de marzo de 2004), sobre los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente y el Defensor del Cliente de las Entidades Financieras.
Bilbao, 14 de Julio de 2004.
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